Salidas alternas

Acuerdos reparatorios: cuándo pueden resolver un asunto penal

En determinados asuntos, víctima e imputado pueden alcanzar un acuerdo que, cumplido conforme a la ley, produzca efectos sobre la acción penal.

Actualizado: 28 de agosto de 2026 · Fuentes oficiales enlazadas al final

1. Qué son

El CNPP define los acuerdos reparatorios como aquellos celebrados entre víctima u ofendido y la persona imputada que, una vez aprobados y cumplidos en sus términos, tienen los efectos previstos por la ley.

2. No aplican a cualquier delito

La procedencia está limitada a categorías y condiciones específicas. Antes de proponer uno es indispensable revisar el delito, antecedentes relevantes, condiciones del caso y restricciones legales.

3. Pueden construirse mediante mecanismos alternativos

La legislación nacional contempla mediación, conciliación y junta restaurativa como mecanismos alternativos. Su uso debe respetar principios como voluntariedad, información y confidencialidad en los términos legales.

4. El cumplimiento importa

No basta con firmar cualquier documento. El acuerdo debe tramitarse y aprobarse conforme a las reglas aplicables y su cumplimiento determina los efectos procesales correspondientes.

Importante: esta publicación ofrece información general. La estrategia y las consecuencias jurídicas dependen de los hechos, la clasificación legal y el estado real de cada expediente o carpeta.
Fuentes oficiales de referencia
Consulta siempre el texto vigente y las reformas posteriores a la fecha de publicación.